viernes, 11 de marzo de 2016

SEMINARIO TALLER CIERRE FISCAL 2016

 
AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL ECONOMICO Y SOCIAL - FADLES
Operadora de capacitación calificada Ministerio de Trabajo

SEMINARIO TALLER CIERRE FISCAL 2016

Servicios Incluidos:

  • Refrigerios
  • Almuerzo ejecutivo
  • Materiales de estudio
  • Certificado de asistencia

Intensidad

15 horas SABADO Y DOMINGO INTENSIVO

Precio Promocional: $70 + IVA
Precio Normal: $120 + IVA

Seminario
Cierre Fiscal bajo NIIF
Conciliación y actualización tributaria 2016
Aplicación del Formulario 101

MODALIDAD 100% PRESENCIAL Y PRÁCTICO.
Metodología:
Se requerirá la participación activa de los asistentes para el desarrollo del ejercicio y casos, identificando y aplicando de manera correcta las disposiciones analizadas previamente, tal como se lo hace en la práctica.
Dirigido a:
Gerentes financieros, contralores, auditores, jefes de impuestos, contadores públicos autorizados, auxiliares contables, especialmente, que se desenvuelven en el campo contable, financiero y tributario, y que necesiten conocer y dominar las disposiciones legales que deben aplicar para hacer un adecuado cierre fiscal 2015, período que se ha visto afectado por cambios importantes por las reformas introducidas por la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal. Este seminario también va dirigido a todos aquellos profesionales que necesiten actualizar sus conocimientos.
Objetivo:
Que al adquirir los participantes los conocimientos y dominio de las disposiciones tributarias y contables relativas al temario, estén en condiciones de aplicarlas en forma efectiva, mediante el desarrollo del ejercicio y casos prácticos. Así mismo, que los participantes conozcan de algunos cambios para el 2016 que trajo la Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera.
TEMAS A DESARROLLAR:
  • INGRESOS.
    • Ingresos y Ganancias (NIC 18)
    • Ingresos de fuente ecuatoriana: gravados y exentos. Cómo reconocerlos?
    • Ingresos que se excluyeron de las exenciones y que en el 2015 están gravados y que en el 2016 vuelven a estar exentos.
  • GASTOS.
    • Gastos y Pérdidas (Marco conceptual)
    • Desembolsos que constituyen egresos y constituyen gastos. Efectos.
    • Desembolsos que constituyen egresos pero no gastos. Efectos.
    • Deducciones generales y gastos generales deducibles:
    • Las remuneraciones y beneficios sociales, las brechas remunerativas, aportes al IESS pagados con retrasosegún la última reforma.
    • Los servicios, suministros y materiales, reparaciones y mantenimiento.
    • Los créditos incobrables: cambios en el 2015.
    • Las depreciaciones de activos fijos (NIC 16): casos: bienes revaluados, bienes totalmente depreciados, compra de un bien que haya estado en uso.
    • Nuevo tratamiento contable y tributario de la depreciación del reavalúo de activos fijos a partir del ejercicio 2015. Qué pasó con el año 2014? El porqué de la diferencia entre ambos períodos.
    • Los inventarios (NIC 2): costo en adquisiciones locales y en bienes importados, baja, faltantes, bienes tomados para activo fijo, promociones, obsequios; tratamiento contable y tributario; declaración en los formularios 101, 104.
    • Las pérdidas tributarias: límites en el valor a amortizar; fin de la amortización y tratamiento de las pérdidas que figuran dentro del patrimonio.
    • Los tributos y aportaciones.
    • Los gastos de gestión, de viaje y estadía (en el caso de sociedades nuevas)
    • El arrendamiento mercantil.
    • Las provisiones para atender el pago de desahucio y pensiones jubilares patronales.
    • Los gastos relacionados con la adquisición, uso o propiedad de vehículos (reforma).
    • Los gastos por regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría pagados a partes relacionadas: límites de deducibilidad y procedimiento para la consulta de valoración tendiente a aumentar el límite de deducibilidad previsto en al Ley.
    • Los gastos incurridos para la generación de ingresos exentos: forma de determinarlos.
    • Los gastos no deducibles
    • La Circular del SRI y el “reverso de gastos”.
    • Únicos casos en que la LRTI y su Reglamento permiten el reconocimiento tributario de activos y pasivos por impuestos diferidos. Última circular del SRI publicada el 21-12-2015.
    • Efectos en la NIC 12.
  • CÁLCULO Y DISTRIBUCIÓN DEL 15% DE PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES A LOS TRABAJADORES.
    • Reparto de las utilidades a trabajadores en el 2016, y nueva forma de hacerlo en el 2017, según el último acuerdo ministerial del 6-11-2015.
    • Límites en el pago del 15% según las últimas reformas del Código del Trabajo.
  • PRÉSTAMOS Y ANTICIPOS A DIVIDENDOS.
    • Tratamiento tributario y contable de los préstamos a socios o accionistas y de los anticipos a dividendos.
    • Determinación y registro de las retenciones a efectuar y del crédito tributario para la sociedad, y su aplicación al momento de determinar el impuesto a la renta a pagar en el formulario 101.
    • Valor a descontar al socio o accionista al momento de la distribución.
    • Casos en que los dividendos distribuidos por sociedades a socios o accionistas están exentos del impuesto a la renta durante el plazo de 10 años, cualquiera sea su domicilio.
    • Circular del 28-12-2015 sobre el tratamiento de los préstamos comerciales y no comerciales otorgados por sociedades a partes relacionadas.
  • CONCILIACIÓN TRIBUTARIA y LAS TARIFAS DE IMPUESTO A LA RENTA A PARTIR 2015.
    • Aplicación del procedimiento previsto en el RLRTI.
    • Utilidades: diferencias conceptuales entre utilidad contable, utilidad efectiva, utilidad gravable, utilidad líquida, utilidad para efectos del anexo de dividendos, utilidad neta del ejercicio.
    • Aplicación del beneficio tributario en el caso de remuneraciones y beneficios sociales pagados a personas migrantes retornadas mayores de 40 años, según la última resolución del SRI del 30 de octubre 2015.
    • Deducción en el caso de “medianas empresas”: variables a tomar en cuenta para diferenciar entre micro, pequeña, mediante y grande empresa.
    • Pérdida por deterioro de inventarios.
    • Pérdida por deterioro de propiedades, planta y equipo
    • Provisión por desmantelamiento de activos fijos.
    • Cálculo del Impuesto a la Renta Causado: sin reinversión de utilidades.
    • Determinación del Impuesto a la Renta a Pagar:
      El crédito tributario por retenciones en dividendos anticipados o en préstamos concedidos a socios o accionistas.
      El Impuesto a la Salida de Divisas utilizado como crédito tributario. Cuándo procede?
    • Ejercicio de aplicación. Llenada de la parte pertinente del NUEVO FORMULARIO 101 (Excel) publicado el 14 de enero 2016.
  • DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS
    • En base a la información del ejercicio anterior, considerar, analizar y desarrollar: a) un escenario donde la compañía decida distribuir dividendos; b) que la composición societaria del capital es 100% nacional: 60% accionista A y 40% accionista B; c)) determinación del valor correcto del ingreso gravado para el accionista; d) base para el cálculo de la retención en la fuente del Impuesto a la Renta: 1. Si la distribución fue resuelta en el 2015 hasta el mes de julio; 2. Si la distribución fue resuelta con posterioridad a partir de agosto 2015; d) registro contable.
      Circular del 28-12-2015 sobre el tratamiento de los préstamos comerciales y no comerciales otorgados por sociedades a partes relacionadas.
  • REINVERSIÓN DE UTILIDADES.
    • Casos previstos en la Ley.
    • Condiciones para tener derecho al beneficio tributario y qué hacer en caso de perder ese derecho: el caso de una maquinaria importada; momento en que se pierde el derecho al beneficio tributario.
    • La declaración sustitutiva.
    • Aplicación de la tarifa preferencial utilizando la información del punto 4.
    • Casos en que debe aplicarse la tarifa efectiva.
  • ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA.
    • - Última circular del SRI, publicada el 31-12-2015, sobre la nueva forma de determinar el anticipo para el 2015; cuotas y plazos para el pago.
    • Impacto del valor del reavalúo en el cálculo del anticipo para el 2015, según la última reforma a la LRTI.
    • La NIC 16 vs el ICT.
    • Casos que pueden presentarse
    • Forma de declararlo en el formulario 101.
  • LAS CUENTAS DE RESERVAS PATRIMONIALES.
    • Utilización y registro contable:
    • Reserva legal
    • Reserva facultativa
    • Reserva de capital
    • Reserva por valuación
    • Resultados acumulados provenientes de la adopción por primera vez de las NIIF
    • Superávit de revaluación
    • Comentarios sobre la cuenta “Aportes para capitalizaciones futuras”.
      Para Inscripciones: 
      AV. QUITO Y EL CHOFER 2DO. PISO COOP. DE TAXIS ORO NEGRO
                                          TELEFONOS 062832132 O AL 0993392629